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El Caso del Menor Huérfano contra BBVA en Medios: El TC Admite su Recurso de Amparo

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Antecedentes del caso

Tal y como te contábamos en este otro artículo, recientemente el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de amparo de nuestro equipo jurídico por vulneración de la tutela judicial efectiva de un menor huérfano que ganó su ejecución hipotecaria frente a BBVA, después de que el banco no fue condenado a pagar las costas del proceso.

El medio especializado Economist & Jurist se ha hecho eco del caso y ha resaltado la especial trascendencia constitucional y la gran repercusión social y económica de este litigio.

Puedes leer la noticia completa pinchando aquí.

La publicación de Economist & Jurist

Economist & Jurist ha informado sobre la admisión a trámite de nuestro recurso de amparo, destacando:

  • La victoria previa del menor: una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (2018) obligó a BBVA a asumir una deuda hipotecaria de 157.869 € vía seguro, y el archivo de la ejecución en 2020.

  • La omisión de la condena en costas al banco: Pese al archivo, los tribunales no impusieron costas judiciales a BBVA, lo que motivó el recurso por vulneración de la tutela judicial efectiva (art. 24 CE).

  • La relevancia del caso: El Tribunal Constitucional lo ha admitido por su trascendencia constitucional y repercusión social y económica.

Declaraciones de Gonzalo Carrasco

Gonzalo Carrasco Moraleda, uno de los abogados del caso, señaló en Economist & Jurist que la decisión de no imponer costas a BBVA por la Audiencia Provincial de Madrid carecía de motivación suficiente y se alejaba de los criterios del Tribunal Supremo.

«La admisión a trámite de un recurso de amparo ante el TC no es un hecho habitual en absoluto y, de hecho, la inmensa mayoría de los escritos que se presentan son inadmitidos por el Tribunal.

(…)

La decisión del juzgador a quo sobre la no imposición de las costas a la parte vencida recayó en que estimaba que existían “dudas de derecho” en la resolución del caso. En cambio, el juzgador de instancia se aleja de los criterios dispuestos por el Tribunal Supremo con una clara falta de motivación sobre dicha decisión.

Junto al Abogado Miguel Ángel Antón Bravo, de Debelare Abogados, argumentó que esta omisión contraviene los arts. 561.2 y 394.1 de la LEC, que exigen condenar en costas al ejecutante vencido, afectando los derechos del menor.

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