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División judicial de patrimonios

En Bacaró Abogados realizamos la división judicial de la herencia en Madrid cuando los herederos no llegan a un acuerdo. También ofrecemos nuestros servicios en todo el territorio nacional.

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Abogados especialistas en la División judicial de patrimonio en Madrid

La división judicial de la herencia en Madrid abarca un conjunto de actuaciones judiciales que tienen como objetivo partir y adjudicar los bienes cuando los herederos, testamentarios o declarados, no consiguen llegar a un acuerdo entre ellos. En estos casos, es necesario contratar a un abogado especializado en la división judicial de patrimonio en Madrid.

SERVICIOS EN MADRID

Proceso de división judicial de la herencia

La división judicial de la herencia no es un proceso contencioso. No hay juicio y está recogido en la Ley de Enjuiciamiento Civil y regulado en el Código Civil. Se inicia con una solicitud que debe incluir:

  • El certificado de defunción del causante
  • La presentación del certificado de últimas voluntades
  • El testamento
  • El acta de declaración de heredero
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Preguntas frecuentes sobre división judicial

El Tribunal competente es el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conocido del causante o aquel donde estén localizados la mayor parte de los bienes de la herencia.

En el caso de tener dudas, es importante ponerse en manos de abogados expertos en herencias en Madrid. Sobre todo, porque cada caso es diferente.

  • Puede existir un testamento con división de la herencia
  • Puede no existir un testamento
  • Puede que los herederos no estén de acuerdo con la división de la herencia

A partir de ahí, puede dar lugar a 3 fases de actuación:

  • División de la herencia; se hace un inventario, se divide y se adjudica a cada heredero
  • Intervención de la herencia; se asegura que los bienes mantengan forma y valor para no causar perjuicio (se evita la ocultación de los bienes)
  • Se nombra al responsable de gestionar la herencia mientras dura este procedimiento

No es un proceso contencioso. Podrá presentar este escrito un heredero o legatario de parte alícuota, una condición que debe alegar con el certificado de defunción, la presentación del certificado de últimas voluntades, el testamento, el acta de declaración de heredero o un auto judicial donde se indique su condición.

Bacaró Abogados | Despacho de abogados multidisciplinar en Madrid

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