¿Qué hacer si te despiden mientras estás de baja médica en Madrid? Si te han despedido mientras te encontrabas de baja médica, lo primero que debes saber es que esta situación puede ser considerada ilegal y discriminatoria, y, por tanto, puedes impugnar el despido ante los Juzgados. A continuación, te ofrecemos una guía para impugnar un despido durante una baja médica en Madrid.
¿Qué dice la Ley sobre el despido de un trabajador en baja médica?
La Ley 15/2022 de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, establece medidas para prevenir la discriminación en el ámbito laboral y proteger a los trabajadores que se encuentran en situación de baja médica.Según esta ley, cualquier trato distinto que tenga origen en una enfermedad será considerado discriminatorio. Por lo tanto, el despido de un trabajador por estar en situación de baja médica será considerado un acto discriminatorio y puede dar lugar a la impugnación del despido ante la jurisdicción social.De esta forma, se abandona el antiguo concepto por el que el despido de un trabajador de baja médica sólo sería nulo si tenía causa en una situación médica equiparable a una discapacidad o enfermedad de larga duración y se pasa a un nuevo paradigma en el que el despido de un trabajador por razón de su enfermedad sea cual sea ésta, será sancionado con la nulidad.
¿Cómo impugnar un despido durante una baja médica?
Si has sido despedido mientras estabas de baja médica, tienes derecho a impugnar tu despido ante la jurisdicción social. En Bacaró Abogados, contamos con un equipo de abogados expertos en derecho laboral que pueden ayudarte en este proceso.Si se demuestra que el despido ha sido discriminatorio, el juez declarará la nulidad del mismo y se ordenará la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo, además de condenar a la empresa al abono de una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por el trabajador.Primero, debemos evaluar si el despido ha sido discriminatorio y, en caso afirmativo, presentar la correspondiente papeleta de conciliación y en caso de no poder alcanzar un acuerdo con la empresa la posterior demanda ante los juzgados de lo social.