Como te contábamos en este otro artículo, «La Ley de Segunda Oportunidad permite eliminar parcial o totalmente las deudas de aquellas personas físicas y jurídicas que, actuando de buena fe, han visto modificada de forma imprevista e inevitable su suerte financiera y económica. Este beneficio actúa como excepción a la regla general de responsabilidad personal e ilimitada por las deudas contraídas por la persona física con todos sus bienes presentes y futuros.»
Antecedentes del Caso
Nuestros clientes, un matrimonio en régimen de separación de bienes, enfrentaron una situación de sobreendeudamiento derivada de circunstancias adversas.
Hace años, el esposo participó como socio en varias empresas que, aunque inicialmente prósperas, no resistieron el impacto de la crisis económica de 2008.
Estas empresas acumularon deudas considerables, avaladas personal y solidariamente por los socios, lo que comprometió gravemente la economía familiar.
A esto se sumaron deudas personales, incluyendo préstamos hipotecarios y otros créditos y obligaciones, que asfixiaban su capacidad de pago.
Ante esta situación, el matrimonio decidió confiar en la experiencia de Bacaró Abogados y su equipo de abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, para encontrar una solución que les permitiera superar esta etapa de dificultades y proteger su patrimonio más importante: su hogar.
El Proceso y la Estrategia Legal
Tras un análisis detallado de su situación financiera, nuestro equipo presentó una solicitud de declaración de concurso voluntario ante el Juzgado.
Es necesario demostrar la buena fe de los deudores y cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), definidos en los artículos 486 y siguientes.
Un objetivo clave del caso fue la conservación de la vivienda habitual, gravada con una hipoteca al corriente de pago.
Argumentamos que la venta de la vivienda no beneficiaría a los acreedores, dado que el valor de realización era inferior a las deudas garantizadas, y que su liquidación dejaría a los deudores en una situación de mayor vulnerabilidad, contradiciendo el espíritu de la Ley de Segunda Oportunidad.
Esta postura fue estimada por el Juzgado, que acabó exonerando la mayor parte de las deudas de los clientes, por importe de 658.548,75€, y permitiendo a los clientes mantener su hogar.
Resolución Judicial: Un Importantísimo Logro
El Juzgado dictó Auto de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) y conclusión del concurso por un total de 658.548,75€ y manteniendo la vivienda habitual, incluyendo créditos ordinarios y subordinados y las deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Sin embargo, la deuda con la Diputación de Guadalajara no fue exonerada, al no encajar en las excepciones previstas en el artículo 489.1.5º TRLC.
Si necesitas más información sobre los límites a la exoneración de deudas por créditos de derecho público, puedes consultar nuestro artículo «¿Son exonerables los créditos con Hacienda?«.
En él, decíamos que «Para los primeros cinco mil euros de deuda la exoneración será integra. A partir de cinco mil euros de deuda, la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda total, hasta alcanzar los diez mil euros. (…) De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 489.3:
“El crédito público será exonerable en la cuantía establecida en el párrafo segundo del apartado 1.5.º, pero únicamente en la primera exoneración del pasivo insatisfecho, no siendo exonerable importe alguno en las sucesivas exoneraciones que pudiera obtener el mismo deudor”.
Esta resolución no solo extingue las deudas exoneradas, sino que también ordena su exclusión de los registros de morosidad (art. 492 ter TRLC), permitiendo a los clientes empezar de cero sin cargas financieras del pasado.
Además, se garantizó que los acreedores no puedan iniciar acciones contra los deudores por los créditos exonerados (art. 490 TRLC), salvo en casos de revocación de la exoneración previstos por la ley (art. 493 TRLC).
Impacto para los Clientes y el Despacho
Para el matrimonio, este resultado representa un nuevo comienzo.
La exoneración de más de 658.000€ les libera de una presión económica insostenible, mientras que la conservación de su vivienda habitual asegura la estabilidad de su unidad familiar.
Este logro refleja el compromiso de Bacaró Abogados con soluciones personalizadas que priorizan el bienestar de nuestros clientes.
Para nuestro despacho, este caso refuerza nuestro convencimiento de que combinar rigor técnico y estrategias legales innovadoras permite abordar casos complejos y hace posible lograr soluciones que transforman vidas.
